COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO Venezuela / Protestas: Relatores de la ONU y la CIDH rechazan censura, detenciones y ataques a periodistas







COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO
Venezuela / Protestas: Relatores de la ONU y la CIDH rechazan censura, detenciones y ataques a periodistas 

 


 

WASHINGTON / GINEBRA– Dos expertos en libertad de expresión de las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos rechazaron hoy la censura oficial y el bloqueo de espacios informativos en Venezuela, al igual que la detención, ataques y estigmatización de periodistas y trabajadores de medios que cubren las manifestaciones de protesta en el país.

“Exhortamos al Gobierno de Venezuela a que libere de inmediato a todos los detenidos por ejercer el periodismo y sus derechos de opinión y expresión”, reclamaron el Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye, y el Relator Especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza.

Asimismo, los Relatores repudiaron la censura y el bloqueo de espacios informativos en medios tradicionales y en Internet. “Buena parte de los medios televisivos se encuentran bajo control del Gobierno, mientras que el sector privado opera con restricciones debido a que han vencido sus licencias y las autoridades se niegan a renovarlas desde hace más de dos años”, señalaron.

“La regulación y limitación o bloqueo de páginas o señales televisivas que transmiten a través de Internet, aún bajo un estado de emergencia, son desproporcionadas e incompatibles con los estándares internacionales”, afirmaron los expertos.

“Tanto antes como después del quiebre del orden constitucional y democrático denunciado por organismos internacionales, el espacio para las voces críticas de periodistas, representantes de la sociedad civil, defensores de derechos humanos y representantes de la oposición se ha deteriorado en forma continua”, advirtieron.

En agosto pasado, los Relatores manifestaron su preocupación frente a “medidas que aumentan considerablemente la presión sobre los medios de comunicación y limitan aún más la capacidad de realizar su trabajo de forma independiente”.

Detenciones y ataques a periodistas

Diversas fuentes han informado  que al menos doce periodistas venezolanos e internacionales habrían sido detenidos en el marco de los actuales acontecimientos. Luego de permanecer detenidos por algunas horas o días en algunos casos, han sido puestos en libertad. Uno de los casos de los que se ha tenido noticia es el del periodista Yonnathan Guédez, quien se encuentra detenido desde hace varios días.

Los Relatores también destacaron que, en un hecho sin precedentes, el periodista Braulio Jatar permanece detenido desde septiembre de 2016, tras haber difundido un video que mostraba a personas protestando frente al presidente Nicolás Maduro en la Isla de Margarita, en el oriente del país.

Censura y bloqueo de plataformas informativas

También se ha constatado por varias fuentes que al menos tres plataformas de contenidos en línea –VPI TV, Vivo Play y Capitolio TV–, que ofrecen noticieros e información de interés general en Venezuela, fueron bloqueadas por prestadores de servicio de Internet privados, al parecer después de recibir la orden de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).

Los tres servicios transmitían información sobre las protestas contra el gobierno que se desarrollan en distintos puntos del país cuando se decidió el bloqueo, mientras que la mayor parte de los medios tradicionales de radio y televisión no están cubriendo esos hechos. Posteriormente se dictaron nuevas medidas de censura, como la prohibición a las empresas de televisión por abonados de emitir la cadena CNN. Otros medios de comunicación de diferentes países tales como TN de Argentina, El Tiempo de Colombia y NTN 24 de Colombia han sufrido interrupciones o directamente se ordenó la suspensión de la señal.

“Las órdenes arbitrarias de Conatel tanto para suprimir señales de la televisión por abonados como para Internet restringen la libertad de acceso y elección de los usuarios de utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal y constituyen una forma de censura”, recalcaron los Relatores de la ONU y la CIDH.

Igualmente, diversos sitios de Internet de organizaciones no gubernamentales y de medios de comunicación informaron que fueron objeto de ataques en línea para saturar sus portales o desconectarlos.

FIN

El Sr. David Kaye (EE.UU.) fue designado como Relator Especial sobre la promoción del derecho a la libertad de opinión y expresión en agosto de 2014 por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. 

Los Relatores Especiales forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos de investigación y monitoreo del Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual. Para mayor información, visite (en inglés):  

El Sr. Edison Lanza (Uruguay) fue designado como Relator Especial para la libertad de expresión en julio de 2014 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 

La Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión fue creada por la CIDH para promover la defensa del derecho a la libertad de pensamiento y expresión en el hemisferio, dado el papel fundamental que este derecho desempeña en la consolidación y desarrollo del sistema democrático: 

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Pronunciamiento de la Cátedra de Derecho Internacional Público ante la denuncia de la Carta de la OEA






FACULTAD DE DERECHO 
ESCUELA DE DERECHO 
CÁTEDRA DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 



PRONUNCIAMIENTO DE LA CÁTEDRA DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO, ANTE LA DENUNCIA DE LA CARTA DE LA OEA 


La Cátedra de Derecho Internacional Público, ante la denuncia por parte de la República Bolivariana de Venezuela de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, cuya formalización anunció para el día de hoy la Ministra de Relaciones Exteriores, Delcy Eloina Rodríguez, estima imperativo formular las siguientes puntualizaciones, para el mejor conocimiento y la tranquilidad de la población:

— Si bien el artículo 143 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos contempla la posibilidad de que cualquiera de los Estados miembros denuncie el tratado, mediante comunicación escrita a la Secretaría General, dicha opción no surte ningún efecto inmediato o automático para el Estado que la ejerce. Por el contrario, está sometida a dos requisitos insoslayables; a saber:

 1) que transcurran dos años a partir de la fecha en que la Secretaría General reciba la notificación de denuncia; y

2) que el Estado haya cumplido con las obligaciones emanadas de la Carta (tanto aquellas de carácter pecuniario como las de cualquier otra naturaleza).

— Es solamente a partir del momento en que se cumplan enteramente los dos requisitos antes mencionados que cesará la Carta en sus efectos respecto del Estado denunciante y éste quedará desligado de la Organización.

Mientras que tales extremos no se hayan completado, el Estado debe continuar respetando todas las disposiciones de la Carta de la Organización y las resoluciones de sus órganos o, de lo contrario, quedará comprometida su responsabilidad internacional.

Finalmente, la Cátedra de Derecho Internacional Público deplora profundamente la decisión sin precedentes del Gobierno del Presidente Nicolás Maduro de denunciar la Carta de la Organización de los Estados Americanos, por considerarla aislacionista para Venezuela y contraria al respeto debido al Derecho Internacional Americano, a cuyo surgimiento y consolidación tanto contribuyeron nuestro Libertador Simón Bolívar y nuestro gran Andrés Bello.

Dicha denuncia está dirigida principalmente a evadir las obligaciones que establece la Carta Democrática Interamericana y a sustraer totalmente a Venezuela del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y priva a los venezolanos del derecho, previsto en el artículo 31 de la Constitución de la República, de recurrir ante los órganos regionales de protección, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos, conculcados por el Estado.

Igualmente, esta decisión contradice los principios que, según la Constitución, deben regir las relaciones internacionales de la República en atención a los fines del Estado.

Caracas, a los 27 días del mes de abril de 2017.


Prof. Dr. Adalberto Urbina Briceño 
El Jefe de la Cátedra 


Los Profesores: 

Prof. Dr. Ramón Crazut Alexandrow 
Prof. Dra. Milagros Betancourt 
Prof. Mg. Simón Gómez Guaimara

CIDH presenta su Informe Anual







27 de abril de 2017
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta hoy su Informe Anual correspondiente a 2016 ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA). El Informe Anual ofrece información accesible, completa y relevante a todos los usuarios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos acerca del trabajo y los recursos de la Comisión. La publicación de este informe busca promover el cumplimiento de sus decisiones, asegurar el acceso a las víctimas, rendir cuentas sobre las actuaciones de la CIDH durante el año que se informa, e informar sobre la situación de los derechos humanos en la región.

El Informe consta de una introducción y seis capítulos. En la introducción se destacan las medidas adoptadas por los Estados Miembros durante el 2016, dirigidas a promover y proteger los derechos humanos conforme a sus obligaciones internacionales. El Capítulo I ofrece un panorama general de las actividades de la Comisión durante el año. El Capítulo II refleja la gestión del sistema de casos y peticiones y las medidas cautelares.

El Capítulo III está dedicado a las actividades de las Relatorías Temáticas. Allí se brinda información detallada del continuo trabajo que realizan las y los siete miembros de la Comisión en esa función. También se detallan los informes temáticos aprobados en el año 2016, y toda la información de las actividades de promoción realizada por la CIDH.

El Capítulo IV.A ofrece un panorama de la situación de los derechos humanos en el hemisferio durante el año 2016, a partir del ejercicio de las facultades de monitoreo de la Comisión. Esta sección se concentra en las personas, grupos, colectividades, y asuntos que son objeto de atención particular de la CIDH en el marco de sus Relatorías Temáticas. En este sentido, ofrece un análisis de las principales tendencias, problemas, desafíos, avances y buenas prácticas pertinentes a los derechos humanos de los pueblos indígenas, mujeres, migrantes, niñas y niños, las personas privadas de libertad, personas afrodescendientes, defensoras y defensores de derechos humanos, y personas LGBTI en las Américas durante el 2016. También incluye un análisis de tendencias y asuntos prioritarios pertinentes a los derechos vinculados con la libertad de expresión y los derechos económicos, sociales y culturales.

Por su parte, el Capítulo IV.B incluye informes especiales que la Comisión considera necesarios respecto de la situación de los derechos humanos en los Estados Miembros. En el Informe Anual correspondiente a 2016, la CIDH analiza la situación en Cuba, República Dominicana y Venezuela. Esta sección fue preparada de acuerdo con los criterios específicos y la metodología detallada en el Reglamento. Estos informes se basan en una amplia gama de fuentes de acuerdo a la metodología establecida en el Reglamento de la Comisión. Los borradores de informe son enviados a los Estados involucrados para que tengan la oportunidad de responder y aportar información adicional, la cual la Comisión considera antes de la publicación.

En relación con Cuba, las persistentes restricciones a los derechos políticos, de asociación, a la libertad de expresión y de difusión del pensamiento, la falta de independencia del poder judicial y las restricciones a la libertad de movimiento, continúan limitando de manera sistemática los derechos humanos de los habitantes en Cuba. A lo anterior, se suma el incremento en las represiones severas y restricciones a defensores y defensoras de derechos humanos y personas disidentes, además de la discriminación y violencia contra personas LGTBI y la exclusión de la población afrodescendiente, que está subrepresentada en altos cargos del Estado.

Respecto de República Dominicana, la persistencia de la discriminación racial estructural contra personas de ascendencia haitiana, o percibidas como tales, que ha impactado particularmente en el reconocimiento de la nacionalidad, deportaciones, expulsiones, operativos migratorios y expulsiones colectivas, muestra los graves desafíos que enfrenta el Estado dominicano en materia de discriminación racial. La privación arbitraria de la nacionalidad y la falta de reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas dominicanas de ascendencia haitiana las ha puesto en una situación de desventaja en el goce de algunos de sus derechos humanos, así como en una situación de extrema vulnerabilidad a ser víctimas de violaciones a otros múltiples derechos humanos.

En relación con Venezuela, persisten situaciones estructurales que afectan los derechos humanos y se registra un agravamiento de la situación de la seguridad ciudadana en relación al derecho a la vida e integridad personal y un deterioro del Estado de Derecho y las instituciones democráticas, así como del derecho a la libertad de expresión, incluyendo la detención arbitraria y encarcelamiento de opositores y aquellas personas que hacen público su disenso con el gobierno, la represión y restricciones indebidas al ejercicio del derecho a la protesta, y despidos y amenazas a empleados públicos con perder su cargo en caso de manifestar opiniones políticas contra el oficialismo. A esto se suma un severo agravamiento en el acceso a los derechos económicos, sociales y culturales.

El Capítulo V contiene un seguimiento de recomendaciones formuladas por la CIDH en sus informes de país sobre Colombia, Guatemala, Honduras y México. El Capítulo VI incluye información sobre la estructura y personal de la CIDH, la capacitación del personal, los recursos financieros y la ejecución presupuestaria, la movilización de recursos y administración de proyectos, y los avances tecnológicos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.


Datos de contacto: 
María Isabel Rivero | Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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VIDEO: Derecho a manifestar y al debido proceso vs. la represión en Venezuela (abril 2017)







Informamos que hicimos un sencillo vídeo sobre las protestas de abril de 2017, intitulado: 

Derecho a manifestar y al debido proceso vs. la represión en Venezuela (abril 2017)

Para que la gente conozca mejor sus derechos, así como para que se sepa más sobre cómo actúa el gobierno frente a nuestros derechos. 



 https://goo.gl/3MFGbf

CIDH anuncia calendario de audiencias públicas del 162 Período de Sesiones y convocatoria para participar en audiencias de oficio




 

27 de abril de 2017

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica hoy el calendario de audiencias públicas que tendrá lugar en el marco del 162 Periodo Extraordinario de Sesiones, que será celebrado en Buenos Aires, Argentina. Asimismo, convoca a organizaciones de la sociedad civil que estén interesadas en participar en las audiencias convocadas a iniciativa propia de la CIDH durante el 162 Período de Sesiones.

Las audiencias tendrán lugar en horario de la mañana los días 24, 25 y 26 de mayo de 2017, en el Hotel Sheraton, ubicado en Avenida San Martin 1225/1275, Buenos Aires. Acompaña a este comunicado de prensa el calendario completo de audiencias.

Las audiencias convocadas por la CIDH por iniciativa propia (audiencias de oficio) son las siguientes: “Derechos humanos y educación libre, plural y sin censura en Brasil: la propuesta de exclusión de  la perspectiva de identidad de género y de orientación sexual en la Base Curricular Nacional y el ‘Proyecto Escuela Sin Partido’”, “Derechos humanos de las personas migrantes en el Cono Sur”, y “Protesta y derechos humanos en Paraguay”.

La Comisión recibe a partir de hoy expresiones de interés para participar de las audiencias de oficio. Conforme con el artículo 66 del Reglamento de la CIDH, la parte solicitante deberá presentar sus datos de identificación y el fundamento de su participación. Es posible solicitar participación en más de una audiencia. Las expresiones de interés deben ser enviadas por correo electrónico indicando “Convocatoria para audiencias” en el asunto del mensaje, a la siguiente dirección: CIDHDenuncias@oas.org, a más tardar el 8 de mayo a la medianoche, horario de Washington, DC.

La CIDH informará posteriormente la lista de organizaciones convocadas para participar en las audiencias. Las organizaciones convocadas dispondrán de un total combinado de 20 minutos para presentar la información que consideren pertinente. Los gastos para la participación en las audiencias deberán ser financiados por la propia organización o persona interesada en participar.

La CIDH invita a aquellas organizaciones y personas que no resulten convocados, a presentar por escrito la documentación e información que consideren relevante en relación con el tema de la audiencia.

En concordancia con lo establecido en el Artículo 68 del Reglamento de la CIDH, todas las audiencias serán públicas y los interesados podrán asistir libremente a las mismas. No hay registro previo para el público asistente. La entrada es libre para todas las personas que deseen asistir, sujeto únicamente a los límites del espacio donde se realizarán las audiencias.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.


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Producción diaria de PDVSA descendió 20% en los últimos 17 años




 
En consecuencia, los aportes fiscales de la industria disminuyeron 58%  entre 1998 y 2015
 
Caracas, 27 de abril de 2017. Durante el estudio sobre las empresas propiedad del Estado que lleva adelante Transparencia Venezuela, se identificó que el aporte de Petróleos de Venezuela (PDVSA) a la producción de petróleo mundial descendió 31%, motivado por la caída de 20% en la producción interna, al descender de 3.329.096 barriles diarios en 1998 a 2.654.000 en 2015. Sin embargo, en el período estudiado de 17 años, los miembros de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) en conjunto incrementaron su producción en 15% promedio.
Otro hallazgo se refiere a que los aportes fiscales de Petróleos de Venezuela por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISLR), regalías y otras contribuciones (expresados en bolívares nominales) reflejan una disminución del 58% en términos reales considerando la inflación producida entre 1998 y 2015.
El informe sobre la investigación precisa que los aportes por ISLR, en 1998 fueron de 3.503 millones de bolívares a precios constantes de 2007, mientras que en 2015 totalizaron 1.804 millones de bolívares, lo que representa un descenso de 49% en 17 años. Se utilizó para deflactar el Índice de Precio al Consumidor, reportado por el Banco Central de Venezuela, con base 2007.
Asimismo, se encontró que PDVSA aportó al erario, por concepto de regalías en el año 1998,  5.642 millones de bolívares y en el 2015 generó  3.072 millones de bolívares a precios constantes de 2007, lo que significa que fueron inferiores en 46%.
 

COMUNICADO - Ante el uso excesivo de gases lacrimógenos y agresiones contra la población civil







Caracas, 26 de abril de 2017.- El Observatorio Venezolano de la Salud (OVS) manifiesta su profunda preocupación ante el uso y abuso de gases lacrimógenos y el uso de fuerza física -por parte de los organismos de seguridad del Estado- en contra de la población civil que ejerce su derecho a la manifestación pacífica, por las consecuencias directas que tienen sobre el estado de salud y bienestar de los ciudadanos. 

Ambas actuaciones constituyen una violación al derecho humano a la vida y a la salud, por lo que rechazamos que en los actuales momentos, y ante los últimos hechos registrados en el país, estos derechos no estén siendo garantizados.

El uso indiscriminado de sustancias tóxicas, específicamente de los gases lacrimógenos más utilizados para el control de protestas ciudadanas, como lo son el 2-chlorobenzylideno malononitrilo (CS), oleoresincapsicum (OC) y cloroacetofenona (CN), produce consecuencias negativas para el sistema respiratorio, tal y como ha sido documentado en otros países.

Estudios científicos han descrito el daño que las exposiciones repetidas a estos gases representan para la capacidad respiratoria de los individuos. El riesgo de presentar un síntoma respiratorio como tos o flema, goteo nasal, dificultad para respirar o dermatitis es mayor en quienes han sido expuestos en varias ocasiones a los gases lacrimógenos. 

Además, también según estudios científicos, las personas asmáticas y fumadoras son más propensas a tener un flujo máximo respiratorio significativamente menor (es decir, mayor dificultad para respirar) que en aquellos que no han sido expuestos a los gases.
Las exposiciones prolongadas y recurrentes pueden ocasionar, en el largo plazo, el desarrollo de bronquitis crónica, dificultad respiratoria y, en último caso, fibrosis pulmonar. Rigidez del tórax es otra de las consecuencias que pueden presentarse.

Es por ello que expresamos nuestra preocupación por la cantidad de gases lacrimógenos a la que ha estado expuesta toda la población que manifiesta pacíficamente, así como también aquellos ciudadanos que sin estar en las protestas de calle han sido afectados. Nos referimos específicamente a los niños menores de 5 años que se encuentran en centros hospitalarios,  personas mayores y población en general que ha recibido gases lacrimógenos estando en sus hogares.

Rechazamos los ataques con gases lacrimógenos a centros de salud y su uso en los alrededores de recintos hospitalarios, como ha ocurrido en las últimas semanas en Caracas: el 10 de abril en un centro privado en Las Mercedes y el 20 de abril en El Valle, requiriendo la evacuación y traslado de los niños expuestos, madres y pacientes en general.

Rechazamos igualmente el uso de gases lacrimógenos directamente contra viviendas y edificios en zonas residenciales, su lanzamiento a corta distancia contra civiles y, más peligroso aún, desde helicópteros (irregularidad registrada el 10 de abril en Caracas) o directamente contra manifestantes por el alto riesgo de causar la muerte, como ha ocurrido este 26 de abril en Caracas con un estudiante universitario.  

Condenamos el uso de la fuerza física para detener a civiles (puede ocasionar la pérdida de la funcionalidad de algunas estructuras corporales), así como el uso de armas de fuego por parte de cuerpos de seguridad del Estado y grupos paraestatales en el contexto de las protestas.
Desde el OVS queremos reiterar el apoyo a los colegas médicos que han resultado agredidos en las últimas semanas, bien sea dentro de los centros de trabajo o en las manifestaciones calle, y reconocemos la labor realizada por los estudiantes de medicina que conforman el equipo de Primeros Auxilios UCV, destinada a socorrer a los manifestantes afectados por los gases tóxicos y heridos en las protestas.

El trabajo de los colegas médicos, que realizan sus labores aún en medio de las deplorables condiciones hospitalarias, con escasez de insumos médico-quirúrgicos y sin la tecnología adecuada a los tiempos modernos, solo habla de un gran sentido del trabajo, preparación, altruismo y nobleza sin igual. De ninguna manera merecen el trato que se les brinda cuando incluso en los centros hospitalarios son agredidos por las fuerzas represivas y paraestatales que impiden la realización de su labor.

Exigimos a las autoridades del Ministerio del Poder Popular para la Salud, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y Ministerio del Poder Popular para la Defensa, controlar el uso de las sustancias tóxicas, el uso de la fuerza física y el uso de armas de fuego contra la población civil, pues esto solo compromete la salud y la vida de la población. Y exigimos a los organismos internacionales seguir en detalle los acontecimientos en Venezuela, porque entre muchas otras violaciones de derechos humanos, las concernientes al derecho a la salud y a la vida se han incrementado.




Observatorio Venezolano de la Salud (OVS)

34 muertos en protestas en Venezuela. Mapa






El Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) condena los hechos de represión y violencia en Venezuela, que han dejado como saldo 34 personas fallecidas en manifestaciones hasta el 26.04.17


En el OVCS estamos monitoreando y documentando el incremento de la conflictividad y escalada de violencia de las últimas semanas en Venezuela. A continuación compartimos un mapa con la reseña y ubicación de las muertes ocurridas en el marco de manifestaciones desde el 06.04.17 Esperamos que esta información sea útil para exigir justicia y que estos casos no queden impunes.  

Nuevamente exigimos al Estado venezolano el cese inmediato de la represión y violencia contra civiles. Así como, la garantía del derecho a la manifestación pacífica, a la vida, libertad e integridad de quienes salen a las calles a expresarse pacíficamente.


Enlace MAPA: 



Carlos Ayala afirma que retirarse de la OEA sería una pretensión absurda de aislamiento institucional en DDHH


Carlos Ayala es abogado especialista en Derecho Publico yen Derechos Humanos. Autor de varias publicaciones. Fue Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1997-98), así como Relator sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de las Americas (1996-1999); y Presidente de la Comisión Andina de Juristas (2003-2009). Fue Miembro de la Comisión Internacional designado por el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, para el proceso de selección y nombramiento de la Corte Suprema de Justicia de Ecuador (2005); y Consultor de la ONU para el proceso de elección de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala (2009). Defensor de derechos humanos ante organismos nacionales e internacionales; asesor en derechos humanos en varios organismos internacionales (UNESCO, ONU y otros) y organizaciones no gubernamentales. Individuo Numero 28 de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela, y Miembro de la Comisión Internacional de Juristas con sede en Ginebra, Suiza (2012). (Fuente)


¿Qué implicaciones tiene lo que ha declarado la Canciller Delcy Rodríguez sobre comenzar las diligencias para retirar a Venezuela de la Organización de los Estados Americanos?
En primer lugar un anuncio como ese parece más una brabuconada porque no es posible que si organizaciones internacionales como la OEA están pensando en adoptar decisiones conforme a los tratados que la rigen, simplemente si un Estado no está de acuerdo tiene derecho a que no se adopte la decisión o, en caso contrario, a irse de la organización. Salirse de la OEA no es tan fácil: implica denunciar su tratado constitutivo, y eso tiene unos pasos complejos porque si tú planteas la denuncia del tratado y la notificas ante la Secretaría Generalaún tienen que transcurrir dos años para que se haga efectiva, es decir que por los dos años siguientes después de que notifiques, sigues siendo un Estado miembro de la OEA. Además, la Carta tiene la disposición de que antes de desligarte tienes que haber cumplido todas tus obligaciones internacionales.
Esto último plantea varios problemas adicionales porque salirte como Estado miembro de la OEA tiene repercusiones tanto en el área de los derechos humanos como en múltiples otras áreas de cooperación financiera, científica, cultural, ambiental, de salud, etcétera. Fíjate que, por ejemplo, en la cooperación financiera que desarrolla el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Este es un Banco que es parte del Sistema Interamericano, es decir, los Estados miembros de la OEA son los que pueden ser Estados miembros del BID. Hay muchos que dicen, por ejemplo, que el interés de Cuba por regresar al Sistema Interamericano era básicamente por el tema financiero.
Además, pensando en el tema de los Derechos Humanos, sería muy grave porque después de la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión Interamericana sigue ejerciendo jurisdicción sobre Venezuela bajo la declaración de derechos americana, bajo la Carta de la OEA y otros instrumentos. Esto ha permitido protecciones cautelares, informes de la comisión, etcétera.
En ese sentido, pretender escapar del Sistema Interamericano implicaría una serie de graves consecuencias que haría pensar más bien si, además con ello, no se estaría violando no solamente el derecho internacional sino el derecho constitucional venezolano, porque de alguna manera la Carta de la OEA, al contener como uno de sus órganos principales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, hace que sea un tratado que cumple, no solamente con los propósitos de fortalecer los derechos humanos de la Constitución (con la cual sería una decisión de carácter regresivo que restrinja la protección internacional. Sería abiertamente inconstitucional), sino que de alguna manera la carta de la OEA goza de esa situación especial de la Carta Magna que le da rango constitucional a los tratados relativos a derechos humanos. En este caso, no es un tratado de derechos humanos pero tiene disposiciones relativas a la protección de los DDHH como es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sería un contrasentido total, una pretensión absurda de aislamiento institucional de DDHH, financiera, científica, salud, cultural intercambio educativo… eso parece algo tan absurdo como irrealizable y muchos más en pleno siglo XXI.
¿Cuál sería la actitud responsable que el gobierno debería tomar para asumir su responsabilidad ante la OEA?
El tema es que hay decisiones sobre principios, valores y objetivos como son los de la Carta Democrática Interamericana que no siempre requieren el consenso del gobierno afectado.
Esto se trata del Estado Venezolano, que históricamente ha estado vinculado al Sistema Interamericano, no el gobierno de turno. En ese sentido, debe adoptarse una posición más de Estado, teniendo en cuenta que este está integrado por todos los poderes públicos, por la población, por los distinto sectores. Y si hay principios de la Carta Democrática como el pluralismo, la separación de poderes, las elecciones, el respeto a la voluntad popular, que están siendo señalados como violados por el actual gobierno de Venezuela, lo normal es que haya una actitud de apertura, de reconocimiento de los abusos y de restablecimiento de la normalidad institucional.
¿La aplicación de la Carta implica suspensión?
En principio es importante que se entienda que la Carta democrática está activada desde el primer informe del Secretario General. Además, hay resolución del Consejo Permanente aplicándola.
Con respecto a la suspensión: No. Tiene que ver con ir gradualmente aplicando mecanismos diplomáticos para la solución de la crisis y el restablecimiento del orden constitucional. Un ejemplo de ello sería que en esa reunión de cancilleres se cree una misión de cancilleres del hemisferio que venga a Venezuela a hacer un levantamiento de la situación; a rendir informe a la asamblea de cancilleres; a proponer salidas para el restablecimiento del orden constitucional. Venezuela tendría que cooperar con esas iniciativas.
La suspensión, que por cierto es de los privilegios y no de las obligaciones, está reservada como última carta, como mecanismo ya más de reacción y castigo que como mecanismo inicial. Es como le ocurrió al gobierno de Honduras que siguió siendo un Estado miembro pero el gobierno está suspendido temporalmente mientras se restablece la institucionalidad. En este caso, pasaron casi dos años hasta que tuvieron lecciones, se firmó en Cartagena un acuerdo para normalizar la situación y así hubo de nuevo incorporación plena a la OEA.
¿Cuál es el costo político para el país de esta negativa del gobierno a aceptar el apoyo internacional para el restablecimiento del orden democrático?
Yo pienso que eso va ocasionando un aislamiento del país. En el ámbito internacional, va pareciendo un país contracorriente: que se va aislando; un país donde van ocurriendo situaciones que preocupan cada vez más a la comunidad internacional. No solamente a la OEA sino a las Naciones Unidas.
La consecuencia es la percepción de un gobierno que para no restablecer la normalidad del orden constitucional democrático ha optado por aislarse y seguir extremando esas violaciones. Indudablemente esto no ayuda ni al gobierno ni al país para que sea percibido como un Estado serio, garante de los derechos humanos, que cumple con sus obligaciones internacionales. Eso, aparte de tener consecuencias como las que mencioné, seguramente aleja y espanta inversiones, así como también tiene consecuencias en todo el orden de la cooperación internacional.

Jennifer Peralta
Prensa Provea