Repetición de elecciones en Barinas: un proceso que no puede evaluarse solo por su resultado

 


«A confesión de parte, relevo de pruebas». Las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que condujeron a la repetición de las elecciones a gobernador del estado Barinas el pasado 9 de enero, así como la manera cómo el Consejo Nacional Electoral (CNE) organizó el proceso y las medidas que tomó u omitió tomar para favorecer al chavismo, han confirmado las deficiencias que padece el sistema electoral venezolano y que fueron expuestas por la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea que presenció las «megaelecciones» del pasado 21 de noviembre.


Las maniobras parecen haberle salido mal al chavismo, pues el candidato de la opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Sergio Garrido, no solo se impuso al del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el excanciller Jorge Arreaza, sino que de paso vio como la diferencia con la alianza opositora pasó de unas decenas de votos a más de 44 mil en menos de dos meses, según los datos oficiales del Consejo Nacional Electoral (CNE). Pese a este histórico resultado no se pueden ignorar las irregularidades y abusos cometidos por las autoridades judiciales y electorales.


La repetición de los comicios en el simbólico bastión oficialista, cuna del fallecido Hugo Chávez y de su familia, tuvo un origen ilegítimo y se produjo luego de que la Sala Electoral del TSJ desoyera la voluntad popular y declarara la nulidad de la elección del opositor Freddy Superlano, a través de sus sentencias 78 y 79 emitidas en cuestión de horas el 29 de noviembre. 


La decisión contra Superlano se fundamentó en una supuesta resolución de la Contraloría General de la República del 17 agosto de 2021 mediante la cual se lo inhabilitaba para el ejercicio de cualquier cargo público. De esta medida ni el afectado ni el CNE estaban en conocimiento, pues este último le permitió postularse y participar en el proceso de noviembre. Recordemos que un acto que no esté notificado no surte efectos, por lo que mal podría aplicarse una decisión cuya existencia se desconoce.


Pese a ello, al máximo juzgador no le tembló el pulso para dejar sin efecto todas las actuaciones del árbitro, a partir de la fase de presentación de las postulaciones, subrayando que «la condición de inelegibilidad de Superlano»violaba los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos en la oferta electoral, así como el derecho al sufragio de los electores, quedando el opositor impedido de participar en la repetición de las elecciones ordenada por la Sala.


De este modo, la Sala Electoral desechó arbitrariamente los resultados electorales irrespetando la voluntad del elector, y peor aún sin garantizar el derecho a la defensa del candidato. Indudablemente a partir de este fraude constitucional el TSJ despojó a los barineses la titularidad de la soberanía popular que expresaron por medio del voto en las pasadas elecciones del 21 de noviembre.


Además de violar el derecho constitucional a la participación y al sufragio a todos los ciudadanos con derecho a voto en el estado Barinas, el TSJ también desconoció los principios de legalidad y separación de poderes consagrados en la carta magna. El órgano judicial usurpó las funciones que le corresponden ejercer al árbitro electoral, concretamente al resolver que la repetición del proceso para elegir al gobernador en la entidad llanera debía realizarse el 9 de enero.


La función de convocar y fijar la fecha de elección para los cargos de elección popular, conforme al artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), es exclusiva y excluyente del CNE.


Como advirtiera José Ignacio Hernández, el poder del juez solo alcanzaba a anular las elecciones, pero no a convocar nuevos comicios; «esto demuestra que, más allá de las muy débiles formas jurídicas, prevalece el control político sobre el Poder Electoral a través del Tribunal Supremo de Justicia».


La decisión de la Sala no solo dejó al descubierto su grave intromisión en las competencias del CNE, sino también la pasividad del órgano comicial al avalar la usurpación de su atribución por el máximo juzgador y acatar la repetición de las elecciones en Barinas sin hacer nada al respecto.


La Misión de la Unión Europea ya criticó la actuación del TSJ y lo responsabilizó de debilitar al sistema electoral venezolano. Así, en el informe publicado a dos días de celebradas las elecciones, se lee lo siguiente:

«Entre las deficiencias se encuentran decisiones judiciales ampliamente criticadas que han afectado a la igualdad de condiciones al sustituir a los comités ejecutivos de algunos partidos y entregar sus tarjetas electorales a facciones internas que las utilizaron para presentarse a las elecciones. Además, se mantiene la inhabilitación política arbitraria de candidatos de la oposición, el extendido uso de recursos del Estado en la campaña y un acceso desigual a los medios de comunicación».

 

Sobre esto último, llama la atención que la Misión no haya sido invitada a la repetición de las elecciones de Barinas, pues si las mismas formaban parte de las que se realizaron en noviembre debía corresponder una extensión de la invitación, pero ello no ocurrió, lo que pone en evidencia una vez más la ausencia total de transparencia de unas elecciones signadas por todo tipo de arbitrariedades. Si las elecciones regionales fueron limpias según el oficialismo, qué mejor prueba de ello que permitir a la Unión Europea realizar su observación, pero como no fue así, se demuestra que era más lo que se quería ocultar ante la comunidad internacional.


Mudanzas exprés y ventajismo a millón

No solo el TSJ incurrió en irregularidades, el CNE también volvió a tomar medidas que ponen en duda su imparcialidad. El árbitro reubicó al candidato oficialista Arreaza y al abanderado Claudio Fermín, quienes en las elecciones del 21 de noviembre habían ejercido su derecho al voto en los centros de votación ubicados en Caracas y  Miranda, respectivamente.  


Estas medidas fueron adoptadas a pesar de que el artículo 32 de la LOPRE prohíbe modificar el patrón luego de publicado. Conforme con la disposición reglamentaria, una vez aprobado el Registro Electoral Definitivo este no puede ser modificado por el CNE. Es así como con la actual normativa electoral, y tratándose de la repetición de las elecciones de gobernador en Barinas ordenadas por el TSJ, el Registro Electoral para esa elección debía ser el mismo que utilizó el CNE en las «megaelecciones» celebradas el 21 de noviembre.


Durante la campaña tampoco hubo equidad y una vez más se mantuvieron las cadenas de radio y televisión para fines proselitistas; el oficialismo usó fondos, recursos y medios públicos para favorecer a Arreaza, sin que el árbitro tomara cartas en el asunto. En este punto, dado que ello podría ser considerado delito, también se apreció el silencio del Ministerio Público a pesar de las constantes denuncias de uso de bienes públicos con fines electorales. Por su parte, el órgano comicial una vez más hizo caso omiso a las irregularidades cometidas por el Gobierno a través del uso del Carnet de la Patria con el fin de obligar a los electores a votar por el candidato oficialista, aparte de que también ignoró la maniobra gubernamental de favorecer a su candidato a través del voto asistido.


La Misión de la Unión Europea también fustigó al CNE, en especial por su incapacidad a la hora de sancionar el ventajismo oficialista e impedir que fondos públicos terminarán siendo empleados en las campañas del PSUV y sus aliados.


Estas irregularidades, y sobre todo la inacción del CNE, hacen que en Acceso a la Justicia no podamos compartir la visión optimista que desde el organismo tienen del proceso. El vicepresidente del órgano, Enrique Márquez, aseveró que la elección «sobrevenida» en Barinas dejó ver una imagen del árbitro electoral política y técnicamente «solvente», mientras que el rector Roberto Picón calificó de «exitosa» la celebración de estos comicios.


Decimos esto porque una elección derivada de una usurpación del CNE, en la que se dio por válido un acto que nadie conocía (la supuesta inhabilitación), con modificaciones al padrón electoral prohibidas en la ley, y con una campaña en la que se cometió todo tipo de abusos y excesos a favor del candidato oficialista, no puede ser calificada de exitosa sólo porque ganó quien tenía todo en contra, precisamente porque en una elección ningún candidato no debería tener nada en contra gracias a la labor que se espera del CNE.


No se puede juzgar una elección solo por sus resultados, sino por las garantías que hagan respetar la voluntad popular.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

Las estrategias fraudulentas del TSJ y el CNE no impidieron la aplastante victoria de la oposición en Barinas. Este triunfo es positivo por varias razones: primero, abre algunas esperanzas a la alternancia política y pone fin a veintidós años de gobiernos del mismo signo en la entidad llanera, uno de los feudos gobernados por el chavismo desde su llegada al poder; y segundo, prueba que la voz de la mayoría se puede hacer escuchar en las urnas, pese a los intentos de silenciarla, siempre y cuando haya organización.


El proceso del 9 de enero parece asomar la posibilidad de que se abra una solución a la grave crisis venezolana, lo que sinceramente esperamos ocurra, pero ello obliga a todos a realizar una seria reflexión sobre evaluaciones maniqueas de lo que ocurre en el país, así como fortalecer la voz ciudadana a través de la organización de las comunidades para que desde allí se establezca la primera defensa de la soberanía popular, esa voz que tan poco se ha escuchado en los últimos tiempos pero que tan claramente se expresó en las cálidas tierras barinesas.


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Nueva convocatoria: "Voluntariado 2021"de CADEF

 



El Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (CADEF) abre su convocatoria anual para el Voluntariado “Jóvenes Creativos defensores de Derechos Humanos”. Por segundo año consecutivo la organización inicia el proceso de convocatoria para integrar a jóvenes que desean tener un primer acercamiento a la labor de promoción y defensa de Derechos Humanos desde diversas áreas creativas, manteniendo como eje central la labor de documentación, formación, incidencia y visibilización.

Este programa coordinado por Michelle Bernier brinda la posibilidad a las juventudes de conocer de cerca la labor de ser DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS, manteniendo un proceso de formación constante y a su vez de acción a través de las diversas actividades a desarrollar.

Cumpliendo con los estatutos internos de la organización este se encuentra disponible para juventudes cuyos rangos etarios sean entre 18 y 30 años de edad residentes de los países: Venezuela, Argentina, Nicaragua, El Salvador, Chile y Colombia.  

Las áreas disponibles son: Visibilización Creativa, Monitoreo y documentación, Incidencia, Litigio Internacional Latinoamericano. La sesión inicial se llevará a cabo el día 15 de marzo de 2021 con la participación del directorio del Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (CADEF).

Los interesados deben llenar el formulario web disponible en el siguiente link https://forms.gle/tULkLco1jL94VpnM7

La convocatoria estará disponible desde el 26 de febrero de 2021 hasta el 14 de marzo de 2020. Y desde 15 de marzo hasta el 21 de marzo para rezagados.

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El papel cambiante de los profesores y las tecnologías en medio de la pandemia de COVID 19: principales conclusiones de un estudio entre países

 

              Niña aprendiendo en casa durante la pandemia de COVID-19. Foto: Ministerio de Educación, Perú


  • AUTORES:
  • MARIA BARRON-
  • CRISTOBAL COBO-ALBERTO MUÑOZ-NAJAR/NAKI SÁNCHEZ CIARRUSTA


  • "Quien enseña aprende en el acto de enseñar y quien aprende enseña en el acto de aprender" escribió el pedagogo brasileño Paulo Freire en su famoso libro "Pedagogía de la libertad" (1996). 

     

    A pesar de las abrumadoras consecuencias de la pandemia, esta crisis mundial ha sido también un momento extraordinario para el aprendizaje. Estamos aprendiendo lo adaptables y resistentes que pueden ser los sistemas educativos, los responsables políticos, los profesores, los alumnos y las familias. En este blog (que forma parte de una serie que destaca las principales lecciones aprendidas de un estudio para comprender la eficacia percibida de las soluciones de aprendizaje a distancia, de próxima publicación) resumimos las lecciones aprendidas en diferentes países, presentando especial atención a los profesores y a cómo tuvieron que reimaginar rápidamente las conexiones e interacciones humanas para facilitar el aprendizaje. El papel de los profesores está evolucionando aceleradamente y es, en muchos sentidos, más difícil que cuando el aprendizaje se realizaba sólo en persona. 

    ¿Cómo ha cambiado la pandemia el papel de los profesores?

    Dos factores cruciales han cambiado debido a la pandemia. En primer lugar, las adaptaciones pedagógicas han resultado fundamentales, ya que los modelos tradicionales de enseñanza presencial no se trasladan a un entorno de aprendizaje a distancia. Independientemente del tipo de canal utilizado (radio, televisión, móvil, plataformas en línea, etc.), los profesores tienen que adaptar sus prácticas y ser creativos para mantener a los estudiantes comprometidos y captar su atención, ya que cada hogar se ha convertido en un aula -la mayoría de las veces- sin un entorno que apoye el aprendizaje. Algunos países están apoyando a los profesores en este sentido. En Sierra Leona, donde el principal canal de aprendizaje a distancia es la radio, hay una línea telefónica "en directo" y gratuita para que los alumnos llamen a los profesores con preguntas, y en los horarios de las clases transmitidas por radio dejan tiempo para que los niños ayuden a sus familias con las tareas diarias. 

    En segundo lugar, la pandemia ha recalibrado la forma en que los profesores dividen su tiempo entre la enseñanza, el compromiso con los alumnos y las tareas administrativas. En Brasil, según una encuesta realizada por el Instituto Península, el 83% de los profesores no se consideraba preparado para enseñar a distancia, el 67% tenía ansiedad, el 38% se sentía cansado y menos del 10% estaba contento o satisfecho. La pandemia ha puesto de manifiesto la necesidad de flexibilidad y de tener más tiempo para la interacción entre alumnos y profesores. Por ejemplo, en Estonia se dio a los profesores autonomía para ajustar el plan de estudios, los las unidades didácticas y el tiempo asignado a cada actividad. 

    ¿Cómo han apoyado los sistemas a los profesores en su nuevo rol?

    Casi el 90% de los países que respondieron a la encuesta de los Ministerios de Educación sobre las respuestas nacionales a la COVID-19, realizada por la UNESCO, UNICEF y el Banco Mundial (2020), apoyaron a los profesores compartiendo directrices que destacaban la importancia de: proporcionar retroalimentación a los estudiantes, mantener una comunicación constante con los cuidadores e informar a las unidades educativas locales para hacer un seguimiento del aprendizaje. Otros gobiernos adoptaron un enfoque diferente: Costa Rica desarrolló una caja de herramientas digital con recursos pedagógicos como una guía para el trabajo autónomo, el estado de São Paulo en Brasil organizó frecuentes conversaciones de dos horas entre el Secretario Rossieli Soares y los profesores a través de la aplicación móvil desarrollada por el estado. Estas conversaciones y herramientas permitieron al gobierno tener una línea de comunicación abierta con los profesores para entender mejor sus preocupaciones y ajustar los programas de aprendizaje a distancia.

    Conforme los profesores empezaron a poner en práctica estas directrices y recomendaciones, se encontraron con que tenían que compaginar la enseñanza y la retroalimentación de los alumnos a distancia, la cumplimentación de informes administrativos y el cuidado de sus familias. Algunos gobiernos reconocieron pronto que sus bienintencionados sistemas de apoyo a los profesores acababan generando agotamiento. El Ministerio de Educación de Perú estuvo abierto a recibir comentarios y reaccionó rápidamente cambiando las directrices para reducir la carga de trabajo administrativo de los profesores. El estado de Minas Gerais, en Brasil, desarrolló la aplicación móvil "Conexao Escola" para fomentar la interacción entre profesores y alumnos durante el tiempo designado después de cada clase, evitando que los alumnos se pusieran en contacto con los profesores a través de WhatsApp o mensajes de texto durante todo el día. En Uruguay, se esperaba que los profesores rellenaran la información administrativa, pero en lugar de pedirles nueva información, el gobierno decidió utilizar GURI, una plataforma digital que llevan utilizando los profesores uruguayos desde hace más de 10 años para comunicar información como la asistencia y las notas de los alumnos.

    Más allá de proporcionar directrices y herramientas, algunos gobiernos han aprovechado los programas de desarrollo profesional existentes que ya funcionaban antes de la pandemia. El estado de Edo, en Nigeria, formó en los dos últimos años a los 11.000 profesores de primaria que forman parte del programa Edo-BEST para que utilizaran eficazmente las tecnologías digitales en el aula; durante la pandemia, este programa de formación de profesores en activo pasó de ser presencial a ser a distancia. Del mismo modo, en Uruguay, el Instituto de Formación Docente en Servicio puso en línea un programa de entrenamiento existente para proporcionar apoyo pedagógico a distancia y Ceibal reforzó su programa de formación docente y su repositorio de Recursos Educativos Abiertos. Aunque más del 90% de los profesores uruguayos se mostraron satisfechos con la formación a distancia recibida durante la pandemia, algunos expresaron la necesidad de seguir formándose.

    ¿Qué impacto han tenido las tecnologías en este cambio de rol?  

    Ante la pandemia, los países han combinado enfoques de alta y baja tecnología para ayudar a los profesores a apoyar mejor el aprendizaje de los alumnos. En Camboya, por ejemplo, los responsables de educación diseñaron una estrategia que combina SMS, folletos impresos y comentarios continuos de los profesores, aprovechando la alta penetración de la telefonía móvil en el país. El enfoque va más allá de proporcionar materiales que requieren baja tecnología: da información sobre cómo acceder a los programas de aprendizaje, garantiza que los estudiantes accedan a materiales de aprendizaje en papel e incluye visitas a domicilio para supervisar las actividades de aprendizaje a distancia. También se espera que los profesores proporcionen semanalmente recursos en papel a los alumnos y se reúnan con ellos cada semana para entregarles sus hojas de trabajo marcadas y emitir otras nuevas para la semana siguiente.

    La tecnología también ha mejorado el apoyo entre el gobierno y los profesores, adaptando los programas de formación existentes para que se impartan a distancia (como los casos mencionados de Nigeria y Uruguay), creando espacios para programas de apoyo entre pares (por ejemplo, la iniciativa Virtual EdCamps, creada para facilitar el aprendizaje entre pares de los profesores) o estableciendo líneas telefónicas de atención sobre EdTech (o tecnología educativa) para los profesores (como en Estonia, donde la HITSA -Fundación de Tecnología de la Información para la Educación- abrió una línea de información sobre tecnología educativa para resolver cualquier pregunta tecnológica que pudieran tener los profesores).

    Las intervenciones tecnológicas deben facilitar las interacciones entre profesores y alumnos, mejorando el acceso a los contenidos, los datos y las redes, ayudando a los profesores a apoyar mejor el aprendizaje de los alumnos, como se establece en la Plataforma para Profesores Exitosos del Banco Mundial, donde el uso eficaz de la tecnología es uno de los principios clave para garantizar equipos de profesores eficaces. 

    ¿Cómo pueden los responsables políticos apoyar a los profesores durante la reapertura de las escuelas?

    Para volver a construir sistemas educativos más sólidos, los países tendrán que aplicar las iniciativas de enseñanza que han demostrado ser eficaces durante la fase de aprendizaje a distancia e integrarlas en el sistema educativo ordinario. Es fundamental empoderar a los profesores, invirtiendo en el desarrollo de las habilidades necesarias y en su capacitación para poder así explotar todo el potencial del aprendizaje a distancia e híbrido. 

    Igualmente importante es liberar el tiempo de los profesores de las tareas administrativas (como hicieron Brasil, Perú y Uruguay), centrarse en lo que es pedagógicamente eficaz y proporcionar apoyo socio-emocional a los profesores.  La pandemia y los cierres prolongados de las escuelas han cambiado el papel de los profesores y la mayoría de ellos no estaban preparados para ese cambio; se necesita una estrategia global de seguimiento socioemocional y apoyo psicosocial para garantizar el bienestar de los profesores y evitar su agotamiento.

  • A pesar de los avances recientes, las leyes aún limitan las oportunidades económicas de las mujeres, concluye un estudio

     


                          COMUNICADO DE PRENSA DEL BANCO MUNDIAL

    El impacto económico y social de la pandemia de COVID-19 acentúa las desigualdades de género

    Ciudad de Washington, 23 de febrero de 2021. Según un nuevo informe del Banco Mundial, los países continúan avanzando lentamente hacia una mayor equidad de género; sin embargo, las mujeres en todo el mundo se enfrentan a leyes y regulaciones que limitan sus oportunidades económicas, especialmente frente a los nuevos desafíos causados por la pandemia de COVID-19 en materia de salud, seguridad, y protección económica.

    Las reformas adoptadas para eliminar los obstáculos a la inclusión económica de las mujeres han sido lentas en muchas regiones y al mismo tiempo desiguales entre estas mismas, según el informe Mujer, Empresa y el Derecho 2021En promedio, las mujeres tienen sólo tres cuartas partes de los derechos reconocidos a los hombres. Las mujeres ya se encontraban en desventaja antes de la pandemia, y las iniciativas gubernamentales a fin de atenuar algunos efectos de la crisis, si bien innovadoras, han sido limitadas en muchos países, señala el informe.

    «Las mujeres deben ser plenamente incluidas en las economías para lograr mejores resultados en materia de desarrollo», explicó David Malpasspresidente del Grupo Banco Mundial. «A pesar de los avances en muchos países, hemos constatado retrocesos preocupantes en algunos de los mismos, como límites a la libertad de movimiento de las mujeres sin el permiso de un tutor masculino. La pandemia ha acentuado las diferencias existentes que ponen en desventaja a las niñas y las mujeres, en particular bajo la forma de obstáculos para la escolarización y el mantenimiento de empleos. Al mismo tiempo, las mujeres se enfrentan al aumento de la violencia doméstica, y a dificultades en temas de salud y seguridad. Las mujeres deberían tener el mismo acceso a los servicios financieros, los mismos derechos a heredar que los hombres y estar al centro de nuestros esfuerzos hacia una recuperación inclusiva y resiliente de la pandemia de COVID-19».

    El informe Mujer, Empresa y el Derecho 2021 mide leyes y regulaciones en 8 áreas que afectan las oportunidades económicas de las mujeres en 190 países dentro de un período que va desde septiembre de 2019 a octubre de 2020. Desde la movilidad a los desafíos que representan el trabajo, la crianza de los hijos y la jubilación, los datos ofrecen puntos de referencia objetivos y medibles sobre el progreso global hacia la igualdad de género. Tras el desencadenamiento de la pandemia, el informe también analiza igualmente la respuesta de los gobiernos a la crisis de COVID-19 y cómo la pandemia ha afectado a las mujeres en el trabajo y en el hogar, principalmente en lo referente al cuidado de los niños, el acceso a la justicia, la salud y la seguridad.

    En general, los hallazgos del informe indican que muchos gobiernos han adoptado medidas para abordar el impacto de la pandemia en las mujeres trabajadoras. Por ejemplo, menos de una cuarta parte de las economías analizadas por el informe garantizaba por ley a los padres trabajadores alguna licencia para el cuidado de los hijos antes de la pandemia. Desde entonces, con el cierre de escuelas, cerca de 40 economías en todo el mundo han establecido políticas sobre licencias o prestaciones sociales con el fin de ayudar a los padres en el cuidado de los niños. Aun así, es probable que estas medidas sean insuficientes para abordar los desafíos que ya enfrentan muchas madres trabajadoras, y la crisis de los servicios para el cuidado de los niños.

    La pandemia también ha contribuido al aumento de la gravedad y frecuencia de la violencia contra las mujeres. Una investigación preliminar muestra que, desde principios de 2020, los gobiernos adoptaron alrededor de 120 medidas nuevas como líneas de atención telefónica directa, asistencia psicológica y refugios para proteger a las mujeres de la violencia doméstica. Algunos gobiernos también establecieron medidas para brindar acceso a la justicia de varias maneras, por ejemplo, declarando urgentes los casos de familia durante el confinamiento y autorizando los procedimientos judiciales remotos para dichos asuntos. Sin embargo, los gobiernos aún cuentan con un amplio margen para implementar medidas y políticas destinadas a abordar las causas fundamentales de la violencia en el hogar.

    «Si bien es alentador que muchos países hayan tomado medidas proactivas para ayudar a las mujeres a atravesar la pandemia, está claro que queda mucho por hacer, especialmente en materia de licencia parental e igualdad salarial», manifestó Mari Pangestu, directora gerente de Políticas de Desarrollo y Alianzas del Banco Mundial. «Los países deben crear un entorno jurídico que mejore la inclusión económica de las mujeres, para que estas puedan tomar las mejores decisiones para ellas y sus familias».

    A pesar de la pandemia, 27 economías en todas las regiones y niveles de ingreso promulgaron reformas en todas las áreas analizadas y aumentaron las buenas prácticas en materia de legislación en 45 casos durante el año cubierto por el estudio. La mayoría de las reformas introdujeron o enmendaron leyes que afectan las áreas de remuneración y parentalidad.

    Sin embargo, la parentalidad es también el área que deja un mayor margen de mejora a nivel mundial. Esto incluye la licencia parental remunerada, la administración de los beneficios por el gobierno y la prohibición del despido de mujeres. Del mismo modo, reformas son necesarias para superar a las restricciones que enfrentan las mujeres en cuanto a los tipos de trabajos, tareas y horarios en los que pueden desempeñarse, lo cual las segrega a empleos menos remunerados. Asimismo, en 100 economías las leyes no exigen una remuneración igual para hombres y mujeres por un trabajo de igual valor.

    Aunque lograr la igualdad jurídica de género requiere un esfuerzo concertado por parte de los gobiernos, la sociedad civil y las organizaciones internacionales, entre otros, las reformas jurídicas y regulatorias pueden servir como un catalizador importante para mejorar las vidas de las mujeres, sus familias y comunidades. Un mejor desempeño en las áreas medidas por el informe Mujer, Empresa y el Derecho está asociado con la reducción de la brecha de género en resultados en materia de desarrollo, una mayor participación femenina en la fuerza laboral, empleos menos vulnerables y una mayor representación de las mujeres en los parlamentos nacionales.

    Yo defiendo los Derechos Humanos ¿y tú?


     Los jóvenes decidimos no rendirnos, seguimos formándonos y alzando la voz ante las injusticias. Informar sobre los DDHH por las redes sociales e incluso en la calle es parte de la labor que hemos asumido como activistas.

    Por: Cindy Huari y Katherine Ramos

    #CiudadaniaActiva

    Han existido múltiples luchas sociales por la libertad y los derechos fundamentales, ya que éstos representan la garantía de todo ser humano y el límite hacia el poder ejercido por el Estado.

    Mediante la sujeción a organismos internacionales, la firma y ratificación de tratados y pactos internacionales los gobiernos han asumido el deber de ser garantes de los Derechos Humanos, por ello son los principales encargados de la promoción dentro de su territorio de instituciones que cumplan con dicha garantía y a su vez con protección hacia aquellos que los defienden sin menoscabo o perjuicio alguno.

    El Estado venezolano debe proteger los derechos humanos, esto bajo el marco de las normas internacionales y su ordenamiento jurídico interno, pues la Constitución de 1999 ha reconocido el valor de los mismos, según se prevé en los artículos 2, 19 y 23 de la carta magna. Sin  embargo, se han observado en el país diferentes violaciones a los derechos humanos, convirtiéndose en una práctica sistemática, cada vez los venezolanos quedamos más atónitos ante tanta impunidad.

    Muchas ONG, fundaciones y activistas por los DDHH han sido atacados y hostigados por funcionarios del Estado que se contraponen a su labor de defensa de tales derechos.

    Vivir en un país donde se acaben las violaciones hacia los Derechos Humanos es algo que se ve como una utopía. Afrontar la cruda realidad de la situación venezolana es lo que le ha tocado vivir a esta generación.


    Los jóvenes decidimos no rendirnos, seguimos formándonos y alzando la voz ante las injusticias. Informar sobre los DDHH por las redes sociales e incluso en la calle es parte de la labor que hemos asumido como activistas, ya que la defensa de los derechos humanos es un derecho que está consagrado en la Declaración sobre el derecho y deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas de 1998.

    Según esa Declaración en su artículo 1:

    “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”.

    Y en su artículo 2 nos deja claro en quién recae la responsabilidad de proteger los derechos humanos:

    “1. Los Estados tienen la responsabilidad primordial y el deber de proteger, promover y hacer efectivos todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, entre otras cosas, adoptando las medidas necesarias para crear las condiciones sociales, económicas, políticas y de otra índole, así como las garantías jurídicas requeridas para que toda persona sometida a su jurisdicción, individual o colectivamente, pueda disfrutar en la práctica de todos esos derechos y libertades.

    1. Los Estados adoptarán las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias para asegurar que los derechos y libertades a que se hace referencia en la presente Declaración estén efectivamente garantizados”.

    Es un verdadero desafío fomentar en nuestro país la protección de las personas defensoras de derechos humanos, no contamos con mecanismos óptimos ni leyes internas que traten éste tema. Hoy en día vemos como se criminaliza la labor del defensor de derechos humanos, sin poder encontrar auxilio en las instituciones del Estado por éstas estar a las órdenes de quienes detentan el poder, al no existir institucionalidad estamos frente a una oleada de violaciones sistemáticas de DDHH.

    Se debe de garantizar la labor de denuncia ante las diversas situaciones que puedan ser contrarias a lo establecido en el ordenamiento jurídico de Venezuela y en los pactos y tratados internacionales, sin que éstas traigan consigo alguna represalia contra la persona denunciante ni contra las víctimas. Aún queda trabajo por hacer y mucho que construir para hablar de una protección plena de nuestros derechos humanos.

    “Seamos quienes cambiemos ésta realidad, está en nuestras manos conseguir el cambio que amerita el país para tener una vida en donde nuestros derechos sean respetados. Es tarea de todos, es trabajo que lleva tiempo pero el resultado valdrá el esfuerzo empleado”.

    REDAC - Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos

     

    En una semana murieron cinco presos por tuberculosis en Fénix Lara






    En una semana fueron ingresados los cadáveres de cinco presos a la morgue del Hospital Central Antonio María Pineda de Barquisimeto, todos provenientes de la Comunidad Penitenciaria Fénix Lara, ubicado en la zona norte de la ciudad. 

    La causa de muerte de los cinco privados de libertad fue tuberculosis. Según pudo conocer el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), todo padecían desnutrición severa y se les apreciaban los huesos pegados a la piel, pues en los últimos meses habían rebajado más de 30 kilos. 

    “Necesitamos ayuda. Nuestros hijos, esposos y hermanos se están muriendo, parecen unos cadáveres ambulantes”, son las denuncias que llegan de distintos familiares al OVP, quienes no se identifican por temor a que sus seres queridos sean castigados dentro del penal. 

    Los presos de Fénix Lara están recibiendo una sola comida al día, su dieta consta de una pequeña ración de arroz sin acompañante alguno, agua de pasta o una arepa sin relleno. En ocasiones los hombres no reciben alimentos durante todo el día, mientras que las mujeres reciben el mismo menú pero dos raciones por día.


    Así lo informó Carolina Girón, directora del OVP, quien agradeció la colaboración de los reclusos y sus familiares para recabar esta información que representa una violación flagrante a sus derechos humanos. De la misma forma señaló que el abastecimiento del agua potable es irregular.  

    Familiares de los presos también han denunciado que los presos no cuentan con un servicio médico que funcione las 24 horas dentro del penal y muchos menos cuentan con los insumos para atender una emergencia. 

    “Para sacar a un preso hasta el Hospital tiene que estar muriéndose”, expresó uno de los parientes, al tiempo que relató que en la cárcel exigen las órdenes judiciales para efectuar dichos traslados, pero la paralización de los tribunales desde el inicio de la cuarentena obligatoria ha imposibilitado esta gestión y cuando se consigue a través de un juez, desde el mismo penal niegan los traslados. 

    Jóvenes y adultos mayores 

    De igual manera, el Observatorio Venezolano de Prisiones constató que en un lapso de nueve días durante el mes de julio fueron ingresados seis reos fallecidos por tuberculosis a la medicatura forense y cinco en un lapso de una semana.

    La primera víctima fue identificada como Jackson Alfonso Peña Linares, de 30 años de edad, quien murió dentro de un calabozo en Fénix Lara el viernes 17 de julio. El cadáver fue levantado por funcionarios del Eje de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) de la región.

    El segundo fallecido fue Elías Antonio González, un joven que no pasaba los 25 años de edad y quien murió el domingo 19 de julio.   Dos días después, el martes 21 de julio murió Delvys Vicente Lomio Delgado, de 31 años de edad.

    El miércoles 22 de julio hasta la emergencia del Hospital Central de Barquisimeto fueron trasladados cinco presos de Fénix Lara para evaluación médica, todos estaban deshidratados. Solo cuatro llegaron con vida, mientras que Juan Francisco Betancourt Torres, de 68 años de edad, fue ingresado a la morgue. 

    De los cuatros que fueron trasladados a la emergencia quedó recluido en el centro asistencial el septuagenario José González, el resto fue devuelto a la Comunidad Penitenciaria Fénix Lara. Lamentablemente murió el 25 de julio. 

    Agustín Esteban Rodríguez Brizuela, de 71 años de edad, fue uno de los presos que el 22 fue trasladado al centro asistencial y el viernes 24 fue encontrado sin vida por sus propios compañeros en la celda. Según se pudo conocer, a este señor nunca le cesó la fiebre y su familia no tiene conocimiento desde cuándo estaba enfermo porque desde que inició la cuarentena no tenían comunicación con él.


    Además de estos seis reclusos fallecidos, se pudo conocer que el área de visita fue habilitada porque no tienen suficiente espacio en enfermería. Los presos recluidos en este sector tienen cuadros de desnutrición, fiebre y deshidratación.

    “Las madres de estos presos están desesperadas y no es para menos, sus hijos se están muriendo de hambre y de enfermedades dentro de las cárceles y ni siquiera les avisan cuando fallecen”, enfatizó Girón, a la vez que expresó una vez más su preocupación por esta dramática situación. 

    Prensa Observatorio Venezolano de Prisiones 

    Cadef & Grupo Lex Solutions (Asistencia y asesorías jurídicas gratuitas)





    Preocupados por la promoción y protección del derecho de acceso a la justicia en Venezuela, especialmente en los sectores populares, Grupo Lex Solutions y el Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos, se han aliado para presentar un servicio de asesoría online completamente gratuito, teniendo como principal objetivo contribuir con el acceso a la justicia en Venezuela, brindando la oportunidad a personas de escasos recursos de ser orientadas y representadas sin costo alguno por un abogado ante sus necesidades legales.

     

    A través de este servicio podrás recibir asesoramiento especializado, oportuno y de calidad. Los beneficiarios contarán con especialistas del Grupo Lex Solutions para atender su caso, asimismo jóvenes estudiantes destacados de pregrado apoyarán relacionándose y poniendo en práctica sus conocimientos, en las siguientes áreas:

     

    • Derecho Mercantil
    • Derecho Civil
    • Derecho Internacional
    • Trámites migratorios e inmobiliarios
    • Derecho de Familia 
    • Derecho Penal

     

    Cabe destacar, que este servicio se encontrará disponible solo para ciudadanos venezolanos. Si requieres mayor información, visita la pestaña "Cadef & Lex Solutions" en la sección PROYECTOS de la página web www.ongcadef.org o ingresa directamente en: https://ongcadef.org/cadeflexsolutions/

     

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    Jóvenes profesionales y estudiantes de Derecho de 7 estados de Venezuela estarán formando parte de esta alianza.


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    TSJ golpea la descentralización tributaria de los municipios y estados



    ACCESO A LA JUSTICIA

    El pasado 7 de julio el máximo intérprete de la Carta Magna propinó otro golpe contra el Estado constitucional de derecho, luego de que en la 

    La Sala Constitucional (SC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó además al vicepresidente sectorial del Área Económica, Tareck El Aissami, que conformara una mesa técnica con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital «a fin de coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán la potestad tributaria, en particular, para armonizar los tipos impositivos y alícuotas de los tributos».

    La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que desaplica la potestad tributaria constitucional de los municipios y estados se produce a partir de un recurso de nulidad, junto con un amparo cautelar presentado en 2019 para impugnar las ordenanzas Reforma de la Ordenanza de Creación de las Unidades de Valores Fiscales en el Municipio Chacao del Estado Miranda y Reforma de la Ordenanza sobre Convivencia Ciudadana del Municipio Chacao, dictadas por el Concejo Municipal del municipio Chacao a través de las cuales efectuaban cobros de tributos y sanciones fijadas al tipo de cambio de referencia que establece diariamente el Banco Central de Venezuela (BCV).

    Acceso a la Justicia considera insólito que después de casi un año desde que la SC admitiera el mencionado recurso de nulidad y ordenara suspender temporalmente  ambas leyes municipales en la 

    Para sustentar la adopción de esta medida suspensiva, la Sala de manera arbitraria decidió usurpar la función legislativa de la Asamblea Nacional (AN), por cuanto hasta la fecha el Parlamento no ha dictado la legislación para coordinar y armonizar las potestades tributarias de las distintas personas político territoriales del país, a que se refiere el ordinal 13 del artículo 156 constitucional.

    Violaciones contra los poderes municipal y estadal

    Las repetidas y cada vez más frecuentes violaciones al Texto Fundamental venezolano por parte del TSJ ponen aún más en riesgo el ya debilitado Estado federal venezolano tras negar la autonomía tributaria de los municipios y estados, que es la facultad de crear, organizar, recaudar, administrar y controlar tributos.

    El Estado federal aparece proclamado en el artículo 4 de la Constitución, y apunta hacia la distribución vertical del poder público, estableciendo niveles políticos territoriales, que en el caso venezolano está estructurado en República-estado-municipio. A su vez, a cada nivel político territorial le corresponde una autonomía política, administrativa, legislativa, financiera y tributaria. Cada autonomía, así mismo, comporta funciones propias que se ejercen con plenitud.

    Al respecto, Acceso a la Justicia observa cómo la SC con la sentencia n.º 78 desmanteló aún más al Estado federal contemplado en la Carta Magna, al suspender cautelarmente y de manera injustificada la autonomía que gozan los municipios y los estados federados en el ejercicio de sus funciones, y más concretamente la tributaria, con el ánimo de acrecentar, incluso reforzar, competencias del Poder Ejecutivo, representado en este caso por el vicepresidente sectorial del Área Económica del régimen de Nicolás Maduro Moros, Tareck El Aissami.

    Lo anterior queda refrendado aún más luego de que la SC resolviera invadir una vez más la competencia de la AN, destinada a regular el ejercicio de la potestad tributaria de los municipios y estados, a fin de favorecer al gobierno central nacional, y que contraría groseramente a la Constitución al ignorar no solo la descentralización (artículo 4),  principio fundamental que rige al gobierno de la República y de las entidades que la componen, sino también la distribución y división del poder público venezolano, establecida en el artículo 136 de la Constitución.

    La decisión judicial n.º 78, sin cumplir con los razonamientos, requisitos y criterios que debe tener una sentencia, desconoció de manera absoluta las normas de la Carta Magna que distribuyen las potestades tributarias entre los distintos entes político territoriales.

    Lo más grave es que la sentencia manipuló y alteró la organización federal del Estado, así como la separación y el equilibrio entre los poderes, al invadir, aparte de «transferir» irregularmente una competencia legislativa exclusiva de la AN, destinada a armonizar el ejercicio de las potestades tributarias, a una instancia del Ejecutivo Nacional que es absolutamente ajena a la materia.

    Sin duda,la adopción de esta sentencia cautelar pone en riesgo de colapso el debilitado Estado constitucional de derecho, que incluso contradice su propia razón de ser dado que propicia un conflicto entre los poderes municipal, estadal y nacional.

    El desconocimiento del Estado federal es una estrategia de vieja data

    La práctica centralista con el ánimo de asfixiar a los municipios y estados en el ejercicio de sus competencias y, por ende, desmembrar el Estado federal que proclama la Carta Magna, no es nueva. De hecho, existe una batería de decisiones, gubernamentales, legislativas y jurisprudenciales, que desde hace tiempo propugnan su eliminación; se trata, por cierto, de una política que fue impulsada por el expresidente Hugo Chávez Frías.

    La propuesta de reforma constitucional que Chávez Frías presentó en 2007 era un texto que concebía la institucionalización de un Estado centralizado. Sin embargo, tras su rechazo popular mediante referendo celebrado el día 2 de diciembre de ese año, la AN de mayoría oficialista para ese momento emprendió un feroz ataque a los postulados del modelo de Estado desarrollado en la Constitución de 1999, en concreto contra la descentralización político territorial con la aprobación de leyes diseñadas para estructurar el llamado «Estado Popular» o «Estado Comunal».

    En 2017,  la creación del  Estado Comunal sería avalada por la SC en la 

    Por otro lado, también destacan diferentes y polémicas decisiones judiciales emanadas del TSJ. En el 2008, la SC en la 

    A partir de esa decisión, la AN, dominada por el chavismo, reformaría al poco tiempo la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público (Gaceta Oficial n.º 39140 del 17 de marzo de 2009), en la que faculta expresamente al Ejecutivo Nacional a «revertir por razones estratégicas, de mérito, oportunidad o conveniencia, la transferencia de las competencias concedidas a los estados»(artículo 8).

    En 2009, la Sala Político Administrativa (SPA) en su 

    En el fallo citado, el juez administrativo estableció que:

    «La autonomía municipal lejos de ser absoluta se encuentra sujeta a las limitaciones establecidas tanto en la Constitución como en la Ley (…) 

    A las anteriores irregularidades se suma la amenaza que en 2017 hizo el Ejecutivo nacional con privar de recursos a los estados y municipios que 

    Frente a estos tristes episodios, tampoco puede perderse de vista que en la actualidad existe la amenaza de que la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC) apruebe un 

    ¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

    Evidentemente las arbitrariedades del TSJ son llevadas a cabo por razones políticas, sobre todo para asegurar más control del poder en momentos de grave crisis que vive el país, y en medio de un año de contienda electoral que avanza sin ningún tipo de contratiempos desde que fue convocada su celebración por el írrito CNE.

    No cabe la menor duda de que la ilegítima actuación del TSJ, brazo ejecutor del régimen de Maduro, ha sido adoptada no solo para evadir el control de la AN, sino también para desplazar a los poderes municipal y estadal en materia tributaria.

    Es una medida que impactará negativamente en los ingresos públicos de esas entidades locales y regionales, pero sobre todo generará más zozobra y desconcierto entre los venezolanos, especialmente en los contribuyentes a la hora de cumplir sus obligaciones tributarias.

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