Elecciones presidenciales anticipadas: la nueva jugada del poder político









En un ambiente de contradicciones en el seno de la oposición y con un férreo control social ejercido sobre la población venezolana por el Gobierno, este último lanzó su última jugada a través de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC): la convocatoria adelantada de las elecciones para la Presidencia de la República que, según establece el decreto de ese órgano, deben realizarse antes del 30 de abril de 2018.

Acceso a la Justicia advierte que esta decisión de la írrita ANC no es más que una represalia ante las medidasacordadas por la Unión Europea (UE) con las que sancionó a siete altos funcionarios del régimen del presidente Nicolás Maduro, entre los que resalta el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno, por afectar “la progresiva evolución del Estado de derechos humanos, de inclusión, justicia e igualdad”.

Aunado a ello, hay una carencia absoluta de todo anclaje jurídico para convocar este proceso comicial debido a que usurpa nuevamente las funciones electorales asignadas constitucionalmente al Consejo Nacional Electoral (CNE), según el artículo 293, numeral 5, y legalmente desarrolladas en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), que contempla expresamente la facultad que tiene el órgano electoral de convocar y fijar la fecha de los eventos electorales para los cargos de elección popular.

Para Acceso a la Justicia esta supuesta convocatoria también es motivo de gran inseguridad jurídica entre los actores políticos y la ciudadanía en general, no sólo por la falta de equidad de competencia y parcialidad del CNE, orientado hasta ahora a favorecer al oficialismo, sino también por dos razones fundamentales:

1.   Equiparar elecciones con democracia. El solo hecho de votar no es una condición suficiente para que un gobierno sea democrático. Existe, desde luego, una profunda diferencia entre elecciones y democracia. Un régimen dictatorial, por ejemplo, también gana por elecciones; es el caso de Cuba donde, como se sabe, no hay democracia pero sí se celebran comicios.

Para que los procesos electorales sean considerados auténticos métodos democráticos se requiere de forma inexorable el respeto a la participación política (artículo 62 de la Constitución), tanto de los electores como de los partidos políticos y candidatos, sobre todo a partir de condiciones justas, iguales y transparentes (artículo 294 de la Constitución). En ese sentido, es falsa la justificación que en su último considerando da a su decreto la ilegítima ANC, cuando afirma que las elecciones presidenciales convocadas conducen a afianzar la “paz, la convivencia y la tranquilidad pública, por lo que resulta necesario continuar avanzando en la consolidación de procesos democráticos que permiten dirimir las diferencias políticas mediante métodos democráticos y respetuosos de participación protagónica, particularmente a través de las elecciones”, pues sólo la observancia y el respeto de las garantías mínimas electorales que aseguren la voluntad popular, hacen democráticas a las elecciones.

La democracia está indudablemente asociada a elecciones equitativas, limpias y justas, pero la idea de elecciones a secas no está ligada a ningún proceso democrático. Afirmar que con estas elecciones presidenciales habrá paz y justicia en el país es insensato cuando se ignoran esas garantías.


En esta infografía se puede ver qué reglas deben existir para que haya unas elecciones realmente democráticas, que en la actualidad no se cumplen en Venezuela.

2.   Violación de la garantía de la convocatoria a elecciones y la fijación de la fecha. Justamente, esta es una de las garantías electorales mínimas imprescindibles para unos comicios justos y limpios, pues permite dar a conocer, de antemano, cuándo se celebrará la contienda electoral.

Es en razón de lo antes expuesto que el artículo 298 de la Constitución prohíbe, sin ningún tipo de excepción, cualquier modificación –parcial o total– de la legislación que regula el proceso electoral antes de los seis meses de su celebración o realización, para impedir que se produzcan cambios inesperados o sorpresivos que atenten contra la certeza jurídica y la transparencia de la contienda electoral, y asegurar de esta forma el respeto del derecho de participación política y del voto.

Ahora bien, es importante aclarar que la convocatoria y fijación de la fecha de elecciones lamentablemente luce poco resguardada en la práctica por parte del CNE, debido a que, a pesar de ser una actividad exclusiva del órgano electoral (artículo 42 LOPRE) –actualmente usurpada por la ANC–, se ha traducido en una medida arbitraria y que sólo responde a los intereses del Gobierno nacional.


No debe olvidarse lo que ocurrió con las fraudulentas elecciones de gobernadores  que debían celebrarse en 2016 y fueron pospuestas injustificadamente por el CNE en 2017 hasta que la ANC le giró instrucciones para que fueran realizadas en octubre de dicho año.

Pero vale destacar que el caso más emblemático aconteció en las elecciones presidenciales de 2012, en las que el entonces presidente Hugo Chávez buscaba su tercera reelección. De hecho, a raíz del deteriorado estado de salud en que se encontraba Chávez, el CNE decidió adelantar las presidenciales fijando el domingo 7 de octubre como fecha de votación y no los primeros días del mes de diciembre como había ocurrido en las pasadas elecciones del 3 diciembre de 2006, o en las de 1998, en las que fue electo por primera vez como presidente de los venezolanos.

Al respecto, es importante resaltar que la celebración de comicios presidenciales en el mes de diciembre, más que un invento, ha sido una tradición o costumbre jurídica de gran relevancia en el país que se remonta a 1958 y que, por cierto, es una consecuencia lógica por la inmediatez que ha existido entre esa fecha de elección y la toma de posesión por parte del candidato electo en el cargo presidencial.

De hecho, así estaba contemplado en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1998 (artículo 152), hasta que en 2009 la Asamblea Nacional –predominantemente chavista– decidió derogarla por la actual legislación electoral (artículo 42), suprimiendo expresamente que las elecciones debían celebrarse “para un día domingo de la primera quincena del mes de diciembre del año anterior a la finalización del período correspondiente”.

En cualquier caso, aunque no exista en la actualidad disposición constitucional ni legal que expresamente imponga la celebración de los comicios presidenciales en diciembre, no puede pretender convertirse la fijación de la fecha de elección en una especie de poder caprichoso sin norma que lo controle, tal como lo hace la reciente decisión de la ANC.

En ese sentido, para Acceso a la Justicia esta facultad debe adecuarse inexorablemente a la previsión constitucional estipulada en el artículo 231, en el que se establece que el día 10 de enero es la fecha de toma de posesión del candidato elegido como presidente de la República, pues ese término constitucional es el parámetro jurídico más idóneo y razonable que debe tomarse en cuenta para establecer el día de la elección presidencial.

El adelanto de las presidenciales en el primer cuatrimestre de 2018 por parte de la ANC es inconstitucional a la luz del límite derivado del artículo 231 de la Carta Magna venezolana, además que en nada coadyuva a solventar la actual crisis política, económica y social que padece la población venezolana, ni mucho menos ofrece garantías para elecciones justas, libres y trasparentes, pues de momento, aún no se tiene la fecha y tampoco se conocen las condiciones en que se realizarán estos comicios.




¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
La decisión de adelantar las elecciones presidenciales lanza a los venezolanos al abismo de una dictadura. La ilegítima ANC –invocando su supuesto carácter de titular de soberanía constituyente– comporta la destrucción de facto del orden constitucional y democrático del país para consolidar un régimen dictatorial de Maduro disfrazado o maquillado de elecciones que trastocan y alteran la integridad de los pilares fundamentales del Estado de derecho.

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CIDH presenta su calendario para 2018





 


Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tendrá una nutrida e intensa agenda para el año 2018 que incluye dos visitas in loco, cuatro períodos de sesiones, la participación de su directiva en la Asamblea General de la OEA y en la Cumbre de las Américas, la celebración del Segundo Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, entre otras actividades.

“Nos espera un año muy intenso, y estamos muy entusiasmados con que sea así”, dijo el Presidente de la CIDH, Comisionado Francisco Eguiguren. “Los desafíos y obstáculos para el pleno goce de los derechos humanos de los y las habitantes de América son significativos y complejos, lo cual sólo puede aumentar y reafirmar nuestro compromiso con la defensa, protección y promoción de los derechos humanos de todas las personas que habitan este continente. Nunca cejaremos en nuestra determinación de construir un presente y un futuro con goce efectivo de todos los derechos”.

El 167 Período de Sesiones tendrá lugar del 22 de febrero al 2 de marzo en Bogotá, a invitación del Estado de Colombia, en el año en que se celebran 70 años de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, adoptada en Bogotá en 1948. De acuerdo al Reglamento, en el primer día de sesiones del primer período de sesiones del año, la CIDH procederá a elegir a su nueva directiva. Se realizarán audiencias públicas y reuniones de trabajo, que oportunamente serán difundidas, con respecto de todos los Estados Miembros de la OEA excepto Colombia.

Adicionalmente, el 168 Período de Sesiones tendrá lugar del 3 al 11 de mayo en República Dominicana, a invitación del Estado de dicho país. Durante el segundo semestre del año, la CIDH realizará el 169 Período de Sesiones del 27 de septiembre al 5 de octubre, y el 170 Período de Sesiones del 1 al 7 de diciembre. Al menos uno de ellos tendrá lugar en la sede de la CIDH en Washington, D.C.

“Han sido muchos los Estados miembros que en los últimos años han demostrado su compromiso con la CIDH invitando a la Comisión a sesionar”, señaló la Segunda Vicepresidenta de la CIDH, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño. “Esto ha permitido acercar a la CIDH a las personas y a los pueblos para los cuales trabaja, y ha facilitado la participación de un número mayor de personas y organizaciones en audiencias y en reuniones de trabajo, así como la realización de seminarios y talleres a lo largo y ancho del continente”, agregó. En 2016 y 2017, la CIDH celebró 10 Períodos de Sesiones; cuatro en la sede y los otros seis en Argentina, Chile, México, Panamá, Perú y Uruguay.

Por otra parte, la CIDH realizará dos visitas in loco en un mismo año. La visita a Honduras tendrá lugar del 29 de julio al 4 de agosto, mientras que la visita a Brasil tendrá lugar del 3 al 14 de noviembre. Las visitas in loco son una herramienta fundamental en el trabajo de la CIDH de defensa, promoción y protección de los derechos humanos, y constituyen uno de los sistemas de monitoreo de la situación de derechos humanos en los países. Con base en la información que se recibe durante una visita in loco y mediante sus otros mecanismos de monitoreo, la CIDH elabora un informe de país que contiene un análisis de la situación general de derechos humanos, frecuentemente con énfasis en ciertos temas de especial preocupación en ese país, así como conclusiones y recomendaciones dirigidas al Estado.

A fin de continuar coordinando el trabajo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos seguirán funcionando en 2018 las reuniones del Grupo de Trabajo de la Comisión y la Corte Interamericana. Las directivas de ambos organismos realizarán reuniones preparatorias y en agosto se celebrará en México una reunión en la que participarán los plenos de ambos órganos.

“El trabajo de coordinación estrecha que la Comisión y la Corte han profundizado e intensificado en los últimos años ha dado excelentes resultados”, dijo la Primera Vicepresidenta de la CIDH, Comisionada Margarette Macaulay. “Vamos a continuar en esa ruta, con la profunda convicción de que es indispensable profundizar el entendimiento y la coordinación para el trabajo armónico de los dos órganos del sistema en beneficio de las víctimas y sus familiares y de la población de América en general”, afirmó.

Tras el éxito del Primer Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos celebrado en diciembre de 2017 en la sede de la Comisión, la CIDH y la CorteIDH organizarán el Segundo Foro, que tendrá lugar durante el segundo semestre de 2018 en la sede de la Corte, en San José, Costa Rica.

“Con una participación de cientos de personas y organizaciones, el Primer Foro superó todas nuestras expectativas en cuanto al interés que despertó en la comunidad de derechos humanos de nuestra región”, dijo el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva. “También constituye una gran oportunidad para nosotros y nosotras, ya que nos permite hacer una pausa en el trabajo urgente e importante de todos los días y recibir opiniones informadas y constructivas para continuar permanentemente mejorando la forma en que trabajamos”.

La planificación de un calendario de actividades ha sido posible porque en 2018 se hace efectivo un aumento del presupuesto regular de la CIDH. La OEA aprobó en 2017 una duplicación del presupuesto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos que se hará efectiva entre 2018 y 2020, a razón de una tercera parte del aumento total por año. La CIDH valora profundamente el incremento de presupuesto aprobado por los Estados Miembros a fin de poder cumplir en forma efectiva y previsible el importante mandato que los Estados dieron a la Comisión y a la Corte Interamericanas de Derechos Humanos.

“Este aumento significa que en tres años vamos a tener garantizado el funcionamiento actual de la CIDH financiado en forma completa con el fondo regular de la OEA, lo cual nos va a permitir tener previsibilidad y por lo tanto una planificación adecuada del trabajo para cumplir con el mandato que los Estados Miembros han dado a la CIDH, incluyendo el monitoreo de la situación de derechos humanos en los 35 países bajo nuestra jurisdicción, avanzar con el análisis y procesamiento de miles de casos, cumplir con nuestro rol frente a la Corte Interamericana, continuar el trabajo transversal de las Relatorías y Unidades Temáticas, la cooperación técnica con los Estados, entre otras muchas actividades”, dijo la Comisionada Antonia Urrejola.

La CIDH destaca que es fundamental que los Estados Miembros y otros donantes continúen realizando contribuciones financieras voluntarias, adicionales al fondo regular, de manera de posibilitar la implementación del Plan Estratégico 2017-2021, el cual fue construido y aprobado con la amplia participación de todos los actores del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y se desarrolla en torno a 5 objetivos estratégicos y 21 programas de trabajo.

“Resulta esencial que los Estados continúen apoyando a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para garantizar su sustentabilidad financiera en el mediano y largo plazo”, señaló el Comisionado Joel Hernández. “También es fundamental que los Estados mejoren el nivel de cumplimiento con las decisiones y recomendaciones de los órganos del sistema interamericano. Ambos elementos son indispensables para continuar avanzando hacia una región con pleno respeto a los derechos humanos”, afirmó.

Para 2018 la CIDH también programa la presencia de su junta directiva durante la Cumbre de las Américas y en la Asamblea General de la OEA para proponer activamente discusiones y promover la conciencia sobre la protección de los derechos humanos como base fundamental para la vigencia de la democracia y el Estado de Derecho de la región.

“La CIDH ha salvado y continúa salvando innumerables vidas, y tiene además un impacto muy profundo en lograr los cambios estructurales, legislativos, administrativos y de políticas públicas necesarios para superar los graves obstáculos que continuamos viendo en nuestra región para el goce efectivo de los derechos humanos”, puntualizó  la Comisionada Flavia Piovesan. “Estamos conscientes de los desafíos que nos esperan en 2018 con el más firme y absoluto compromiso de contribuir al fortalecimiento de la CIDH como un actor fundamental en la incesante lucha por la protección de los derechos humanos, la democracia, el Estado de Derecho y la construcción de la paz en la región”, concluyó.

Para todo el calendario de actividades de la CIDH para 2018 se prevé momentos con la sociedad civil. “Toda la agenda está siendo preparada para apoyar técnicamente a la CIDH en su compromiso con las víctimas y con la afirmación del protagonismo de la sociedad civil. Las actividades se vinculan con las metas del Plan Estratégico de continuar con la reducción  progresiva del atraso procesal, seguir priorizando el mecanismo de solución amistosa, responder oportunamente a las solicitudes de medidas cautelares, buscar un mejor cumplimiento con sus recomendaciones, monitorear ampliamente la situación de derechos humanos en los 35 países miembros de la OEA y, fundamentalmente, asumir una postura constructiva de dialogo para cooperar técnicamente con los Estados con miras a transformar en efectiva realidad los estándares interamericanos de derechos humanos”, afirmó el Secretario Ejecutivo de la CIDH Paulo Abrão.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Próximas sesiones


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Infografía TSJ vs. AN (la carrera de obstáculos en 2017)




Anticipación de elecciones presidenciales viola Derechos Humanos




ULADDHH 


Dentro del marco de los derechos humanos se encuentran los derechos políticos, y dentro de estos se halla el derecho al voto o sufragio, el cual según el Artículo 63 de la Constitucional Nacional vigente debe ejercerse «mediante votaciones libres, universales, directas y secretas».

Pese a que, constitucionalmente, las elecciones presidenciales deben celebrarse en el presente año 2018, no obstante estas elecciones alevosamente adelantas para el primer cuatrimestre del presente año 2018 no son libres —como manda la Constitución—, por las siguientes razones:

1) La “Asamblea Constituyente” —que por ser ilegítima y fraudulenta ha sido rechazada por los organismos internacionales de DDHH y los países democráticos del mundo— carece de facultad legal para realizar la convocatoria a elecciones, pues todas las decisiones que de ella emanen son jurídicamente nulas de toda nulidad.

2) La convocatoria a elecciones es competencia exclusiva del Consejo Nacional Electoral (CNE), actuando como poder público separado e independiente de otros poderes del Estado, y que por consiguiente no está obligado a recibir órdenes del poder ejecutivo, que es el dueño de la espuria “Asamblea Constituyente». Sin embargo, como ya se sabe, el régimen dictatorial instaurado en Venezuela por el difunto expresidente Chávez y continuado por el presidente Nicolás Maduro, ha usurpado todos los poderes públicos —incluido el CNE— subordinándolos al poder ejecutivo y aniquilando el Estado de Derecho.

3)  Este artero adelanto de elecciones constituye un acto violatorio de los derechos políticos de los venezolanos, realizado con odio, premeditación y alevosía, por lo siguiente:
a) Ha sido decretado como una represalia y castigo contra la oposición democrática como consecuencia de las sanciones que Canadá, Estados Unidos y la Unión Europea han impuesto a los principales jerarcas del gobierno por su persistencia en las masivas violaciones a los derechos humanos de la población venezolana.

b) Actúan con todo el ventajismo a su alcance, prevaliéndose del estado de confusión e incertidumbre que ellos mismos han propagado en el país, mediante efectivas campañas dirigidas a dividir y desprestigiar a los líderes políticos de la oposición.

c) Operan con un Consejo Nacional Electoral, cuya mayoría de miembros son obedientes seguidores del partido de gobierno; asimismo, un Tribunal Supremo de Justicia, una Fiscalía, una Contraloría y una Defensoría Pública también sumisos a sus intereses.

d) La mayoría de los posibles candidatos para la presidencia están injustamente: presos, en el exilio o políticamente inhabilitados.

e) Va contra toda racionalidad y legalidad el perentorio lapso, de 2 – 3 meses, para realizar elecciones, sin garantías, y que no daría el tiempo necesario para que la oposición se organice y seleccione a su candidato mediante primarias, lo que reduciría al mínimo la posibilidad de una campaña electoral suficiente; esto, entre otro conjunto de actividades que han de ser realizadas, como la validación de algunos partidos políticos debido a la arbitraria decisión dictatorial de invalidarlos por no haber participado en los últimos comicios.

f) La enorme presión física, moral y psicológica que esta situación de premura genera, constituye un ataque al derecho a vivir en democracia, a la paz y tranquilidad de la ciudadanía y de los posibles candidatos, quienes, además de los esfuerzos sobrehumanos, habrán de concurrir a las elecciones con todas las dificultades y desventajas frente al candidato Nicolás Maduro que tiene todos los medios y recursos posibles a su total disposición.

g) Infringe el derecho al sufragio a miles de jóvenes que han alcanzado la mayoría de edad desde el 2016, fecha desde la cual no se han permitido más inscripciones de nuevos votantes en el Registro Electoral, e igualmente a los aproximadamente cuatro millones de venezolanos que, huyendo de las persecuciones, el hambre y la violencia, se han visto obligados a residir en el exterior.

4. Esta arbitraria y abusiva decisión de anticipar las elecciones rompe con los acuerdos de las negociaciones que se estaban llevando a cabo en República Dominicana, con el apoyo de los organismos internacionales y la participación de cancilleres de varios países latinoamericanos, donde precisamente se estaban exigiendo garantías y condiciones para que estas elecciones presidenciales fuesen realizadas con apego a la Constitución, es decir, de manera transparente, libre y democrática. Uno de esos seis acuerdos era justamente la conformación de un nuevo Consejo Nacional Electoral imparcial e independiente.

Constituyente, Poder Electoral y TSJ vs. partidos de oposición











La Sala Constitucional (SC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una nueva sentencia, la n.° 53, en la que ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE), cambiar el aviso oficial mediante el cual convocó al proceso de validación a aquellos partidos políticos que no participaron en las elecciones de alcaldes celebradas el 15 de diciembre de 2017, siguiendo instrucciones de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). La razón de este cambio es que debe excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) porque se pudiera incurrir en doble militancia, lo que a criterio de la Sala está prohibido por la normativa nacional.

La SC se fundamenta en que la conformación de la MUD “obedece a la agrupación de diversas organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación que podrán participar en el proceso electoral de carácter nacional”, por lo que si aquella se validara podría incurrirse en la prohibición de la doble militancia política.

Acceso a la Justicia reitera que no hay norma alguna en Venezuela que prohíba la doble militancia. La SC se basa en la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, concretamente en los artículos 16, 17 y 32, aplicándolos a supuestos de hecho diferentes a los que estas disposiciones regulan. En efecto, por una parte, se refieren a la cancelación de partidos regionales cuando se fusionen en uno nacional, quedando así vigente este último. Se debe señalar que los partidos de la MUD son nacionales y no regionales, por tanto, estas normas no se les aplican y, además, no han solicitado fusión alguna.

Por otra parte, el artículo 32.c prevé la cancelación de la organización política que no participe en más de dos períodos constitucionales seguidos. A este respecto, la SC estableció arbitrariamente que los partidos que no fueron con símbolos propios a las parlamentarias, como los que se adhirieron a la MUD, no participaron en realidad en esa elección, por lo que deben validarse. Y aunque así lo hicieron en su mayoría durante 2017, es la ilegítima ANC la que exige que se vuelvan a validar sin justificación legal alguna.

 
Adicionalmente, el máximo tribunal en su nueva sentencia n.° 53, no advierte que la convocatoria del CNE no ofrece garantías suficientes a las organizaciones políticas que se someterán al proceso de renovación, especialmente por dos razones fundamentales:
 

  1. Inseguridad jurídica. No se sabe cuáles son los reglamentos electorales o las normas que aplicará el CNE en este proceso de renovación. Valga decir que si bien publicó las actividades del proceso y las fechas o lapsos dentro de los cuales se llevará a cabo cada fase, no indicó cuáles serán las reglas jurídicas a las que deberán atenerse cada una de ellas (recolección de manifestaciones de voluntad, impugnaciones, reparos, etc.), situación que pone en desventaja a los partidos, pues el CNE, tal y como lo ha demostrado en el pasado, suele improvisar sus decisiones atendiendo, claro está, a los intereses del chavismo.
 
  1. Falta de transparencia. Otro aspecto preocupante es que el CNE tampoco garantiza la transparencia del proceso convocado, toda vez que no establece en el aviso oficial publicado el número de máquinas captahuellas que serán utilizadas. Asimismo, no indica dónde estarán ubicadas dichas máquinas, desconociéndose de este modo si los espacios contarán o no con una estructura física adecuada o, incluso, si su acceso facilitará o no la movilización de los ciudadanos para validar su voluntad.


No menos grave es que el supuesto árbitro electoral y la SC actúen sin importarle que la fraudulenta ANC le usurpara sus funciones electorales al CNE y adicionalmente le ordenara hacer algo ilegal e inconstitucional.
 
La falta de claridad de las normas del CNE, aunada a la nueva sentencia del TSJ que parece tener como objeto la eliminación total de la MUD, lo que busca es impedir la competitividad electoral en el país, así como entorpecer y negar la participación de los principales partidos opositores en los próximos comicios presidenciales, que además por orden de la Constituyente deberán celebrarse antes del 30 de abril de 2018, violando el artículo 298 de la Constitución, entre otros. Todo esto apunta a que Venezuela se adentra cada vez más en la senda autocrática.
 
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

Nada bueno parecen augurar las decisiones que no brindan respeto por las garantías democráticas ni respetan el orden jurídico. Lamentablemente, en Venezuela es un riesgo ejercer los derechos políticos, sobre todo cuando estos atentan o ponen en riesgo los intereses del Gobierno nacional y los de sus dirigentes.


Por ello, a los venezolanos sólo nos queda continuar, dejando constancia de las arbitrariedades del poder, y luchar porque ahora o más adelante se garantice el pleno ejercicio de nuestros derechos y libertades.



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Esforzándose por invertir en la gente: el éxito del Perú en la superación de la crisis de retraso del crecimiento infantil




BANCO MUNDIAL
https://blogs.worldbank.org


Claudia y Olga tienen motivos para estar orgullosas. Estas dos mujeres, junto con varios padres de su comunidad comenzaron una revolución hace 16 años. Dejaron en claro que el lugar de nacimiento o la situación socioeconómica de un niño no tiene porqué determinar su destino. Todos sus esfuerzos se vieron guiados por un mandato: acabar con la malnutrición crónica y garantizar que los niños afianzaran un buen comienzo de su existencia en los primeros 1000 días de vida.

Y si bien Claudia y Olga habrían dado inicio al movimiento, la eficacia del Perú en la reducción del retraso del crecimiento infantil fue posible gracias a los esfuerzos incansables y estratégicos del Gobierno e innumerables asociados.

En estos momentos, en el mundo hay 155 millones de niños con retraso del crecimiento (baja estatura en relación con la edad), y en consecuencia se ven privados de su derecho a crecer, progresar en la escuela y, en última instancia, ayudar a sus países a alcanzar la prosperidad económica. Empero, en algunas aldeas remotas de las regiones andinas del Perú, cientos de miles de niños están creciendo más en altura y gozando de mejor estado de salud que nunca.

En un informe reciente del Banco Mundial, Dando la talla: El éxito del Perú en la lucha contra la desnutrición crónica, (PDF) se relata cómo el Perú, en menos de una década, redujo a la mitad su tasa de malnutrición crónica de los niños menores de 5 años de edad, del 28 % al 13 %, entre 2008 y 2016.

El Gobierno del Perú, en coordinación con organizaciones de la sociedad civil y la comunidad internacional, hizo suya la tarea de reducir la malnutrición crónica. Al darse cuenda de que ningún país podía prosperar sin inversiones sostenidas en su población, el Perú hizo de la lucha contra el retraso del crecimiento infantil su prioridad nacional absoluta al involucrar a todos: niños, familias y comunidades.

Compromiso político
 
El retraso del crecimiento infantil se convirtió en una prioridad política sostenida. Se trató como una cuestión seria de desarrollo humano. Se la reconoció como un desafío social, económico y sanitario. Un Gobierno tras otro demostró su compromiso de abordar el problema al fijar una serie de metas nuevas y elevadas.
 
Durante varias campañas electorales (desde 2006 hasta 2016), las organizaciones de la sociedad civil convencieron a los candidatos presidenciales de que debían invertir más en el capital humano, y fijar metas específicas para el país y tomar medidas importantes para garantizar que los niños afianzaran un buen comienzo de su existencia en sus primeros 1000 días de vida.
 


Políticas inteligentes
 
En el pasado, los padres de los hogares pobres de comunidades rurales remotas con frecuencia ignoraban que sus hijos sufrían malnutrición crónica. Creyendo que la altura era una cuestión estrictamente hereditaria que no se veía influida por las prácticas de alimentación y cuidado, muchos peruanos aceptaban esta característica como un hecho. Esta creencia se perpetuó por generaciones, y frenó el desarrollo de los niños y del país.

En consecuencia, superar la prevalencia del retraso del crecimiento infantil en el corazón de las zonas altoandinas fue toda una hazaña. A 2002, el Perú había estado gastando un monto estimado de USD 250 millones al año en programas de alimentación y nutrición. Sin embargo, gran parte de ese gasto se destinó a niños mayores de 2 años de edad, lo que hizo que los efectos no se sintieran mucho. Se hizo evidente que hacían falta otras políticas.
 
Mientras el país registraba un crecimiento económico debido al auge de la inversión extranjera, la mejora de la infraestructura y el acceso al agua, seguía prevaleciendo la crisis del retraso del crecimiento infantil.
 
Considerando las causas reales de la malnutrición crónica en el mundo, el Gobierno del Perú empezó a asignar prioridad a sus inversiones en áreas clave. Orientó específicamente el gasto social hacia las mujeres embarazadas y los niños en sus primeros 2 años de vida, período en que la nutrición, la higiene y la salud también desempeñan una función de vital importancia.
 
En virtud del Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas (TMC), conocido como Juntos, se proporcionaba efectivo a las madres al mismo tiempo que se les pedía que llevaran a sus hijos de corta edad a realizarse controles de salud, vigilancia y promoción del crecimiento en los centros de salud y que garantizaran que sus niños mayores asistieran a la escuela. Además, se dieron incentivos a los Gobiernos regionales para crear una hoja de ruta estratégica para reducir las tasas de retraso del crecimiento infantil, y establecer un sistema que garantizara que el dinero se gastara bien.
 
La idea era ajustar los recursos a los resultados. El Ministerio de Economía asignó recursos a áreas específicas en que más se los necesitaba de acuerdo con las tasas de retraso del crecimiento infantil.

De modo que a medida que los centros de salud empezaron a medrar en lo que se refiere a actividad y demanda de servicios, y un mayor número de madres e hijos asistían para vigilar su salud, se hizo un seguimiento preciso de todos los resultados de modo que las comunidades y los Gobiernos de las provincias pudieran recibir incentivos para prestar mejores servicios de salud y nutrición.

Como los resultados estaban disponibles y todos podían verlos, se generó una especie de competencia amistosa entre las comunidades para tratar de eliminar la malnutrición crónica.

A Sonia Girón García, una enfermera en la comunidad de Nueva Esperanza que hizo el seguimiento del progreso logrado entre 2006 y 2016, se le informó cuando empezó a trabajar allí en 2006 que el retraso del crecimiento infantil en la comunidad era del 79 %. Cuando se fue de allí en 2016, el porcentaje se había reducido al 19 %.

Todas esas políticas inteligentes se combinaron para generar convergencia en el enfoque del Gobierno para reducir el retraso del crecimiento infantil.  



Comunicación y cambios de comportamiento
 
Para que el compromiso político y las políticas más inteligentes tuvieran un impacto duradero, se debió educar y empoderar a los padres. Además, ellos necesitaban que el Gobierno prestara servicios sociales y de salud para garantizar que sus hijos crecieran a una tasa saludable.
 
Una estrategia de comunicaciones extraordinaria dirigida por organizaciones no gubernamentales (ONG), el Gobierno y asociados internacionales crearon un entendimiento y concienciación amplios acerca del impacto devastador de la malnutrición crónica. A medida que más madres se reunían con mayor frecuencia con médicos, enfermeros y nutricionistas en las clínicas, sus hábitos comenzaron a modificarse y así también la salud de millones de niños peruanos.

La enseñanza que puede extraerse del Perú
En la actualidad, el Perú se destaca en el mundo por abordar eficazmente el retraso del crecimiento infantil. Ha acogido con beneplácito a varios Gobiernos —de Camerún, Ecuador, Guatemala, Indonesia, Madagascar, Mozambique y Tanzanía— que encaran situaciones semejantes y que quisieron aprender de su éxito.

El Perú nos proporciona un ejemplo excepcional de cómo, a través de inversiones oportunas que abarcan varios sectores en su población, una nación puede convertir el compromiso político, las buenas políticas y la gobernanza en mejores servicios sociales, de salud y educación para las comunidades más pobres.